Minijobs | Midijobs

Minijob

Minijob y Midijob se diferencian en términos de límites de ganancias. En un mini-empleo, los empleados no ganan más de 450 € al mes. En cuanto los ingresos oscilan regularmente entre 450,01 € y 1.300 €, es un trabajo midi.

El Minijob tiene el mismo régimen jurídico que los Midijobs y trabajos a tiempo total en cuanto a salario mínimo, derecho a vacaciones, bajas por enfermedad, maternidad, paternidad, protección contra despido, plazos de despido, etc. El empleador tiene la obligación de pagar el seguro de accidentes del empleado.

La diferencia con un contrato normal es que en el Minijob no hay cotizaciones por parte de la empresa ni por parte del trabajador para el seguro de desempleo, ni para hacienda (IRPF), el seguro médico corre íntegramente por parte del empleado y una cuota mínima (3,6%) para el seguro de pensiones también es pagado por él, pero puede solicitar ser eximido si así lo desea.

El empleador tiene la obligación de dar de alta al trabajador en la «Minijobzentrale».

Los convenios colectivos también son aplicables a los Minijobs, incluso a Minijobs que se realizan en el ámbito privado familiar (por ejemplo limpieza, cuidados de ancianos, etc).

En el caso de tener dos o más minijobs y superar la cantidad de 450 €/mes, hay obligación de informar al empleador. En este caso todos ellos pasan a ser trabajos con cotización obligatoria, se calcula la suma total ganada y el trabajador obtiene en todos los Minijobs un tratamiento Midijob si la cantidad ganada no supera los 1300 € (bruto) mensuales o como trabajo estándar si la cantidad ganada supera los 1300 € (bruto) mensuales.

Midijob

Son los trabajos con remuneración entre 450,01€ y 1.300€ brutos. El empleado no cotiza IRPF, pero sí se le descuentan cada mes de la nómina todas las contribuciones sociales:

  • seguro de pensiones (8,89%)
  • seguro de desempleo (1,44%)
  • seguro de enfermedad (8,03%)
  • seguro de invalidez y cuidados (1,47%).

Las deducciones del salario ascienden a casi 20%.

Trabajo > 1.300 € (bruto) / mes

El empleado cotiza todo el paquete de impuestos (IRPF) según su salario y su tipo impositivo (Steuerklasse), la deducción mínima es 14% y la máxima es un 42% del salario bruto. También paga cada mes el 50% del paquete social. Estas cantidades son deducidas automáticamente del salario.

El empleador paga mensualmente el otro 50% del paquete social.

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